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Grupo Noa’s comprometidos contra el acoso sexual en el trabajo

Desarrollar todo el potencial de cada persona en libertad, sin ningún tipo de cortapisas o coacción, es el objetivo diario de Grupo Noa’s. En nuestra empresa estamos sensibilizados en la lucha contra cualquier tipo de discriminación y/o acoso sexual o laboral y manifestamos nuestro compromiso de TOLERANCIA CERO ante cualquier situación que suponga un agravio para nuestros empleados/as en estos ámbitos.

Nuestro objetivo es ser ejemplo de una empresa igualitaria y respetuosa al 100% con la libertad y derecho de los empleados/as que trabajan en nuestro equipo o que dependen de nosotros. Por eso contamos con nuestro Plan de Igualdad y el Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.

Por ese motivo, hemos iniciado una campaña de promoción de entornos saludables frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo en el ámbito laboral.

¿Qué es el acoso sexual o por razón de sexo?

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres recoge la descripción de los conceptos a los que afecta el acoso, determina las infracciones y recoge expresamente que, las conductas especialmente graves pueden ser constitutivas de delito.

Acoso sexual: “Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo” (art. 7.1).

Acoso por razón de sexo: “Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo” (art. 7.2)

Orientación sexual: Constituye acoso por orientación sexual toda conducta contra una persona por su orientación sexual que pueda considerarse ofensiva, violenta o intimidatoria con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y crear un entorno discriminatorio.

Identidad de género: Por último, constituye acoso por identidad de género aquellos comportamientos que por razones de expresión o identidad de género se realice con el propósito de atentar contra la dignidad y crear un entorno hostil, ofensivo o segregado.

15 Malas prácticas que pueden ser consideradas acoso

  1. Realizar señas que puedan ser vulgarmente sugerentes.
  2. Establecer contacto de naturaleza sexual: tocamientos, abrazos o besos.
  3. Manifestar de forma directa o indirecta un interés sexual sobre una persona.
  4. Llevar a cabo conductas intimidatorias, agresivas u hostiles por intereses sexuales.
  5. Espiar a una persona mientras se cambia de ropa o está en el baño/vestuario.
  6. Condicionar la obtención de un empleo o su permanencia por favores sexuales.
  7. Obligar a una persona a realizar labores que no le corresponden como represalia.
  8. Condicionar un servicio a cambio de sostener conductas sexuales.
  9. Hacer burlas o lanzar piropos a una persona con connotación sexual.
  10. Realizar bromas o burlas sobre la vida sexual de una persona.
  11. Hacer insinuaciones a encuentros de tipo sexual.
  12. Utilizar lenguaje que coloque a una persona como objeto sexual.
  13. Preguntar a una persona sobre sus preferencias o fantasías sexuales.
  14. Difundir rumores sobre la vida sexual de una persona.
  15. Mostrar partes íntimas del cuerpo a una o varias personas.

¿Cómo actuar ante un caso de acoso sexual en el trabajo?

Es muy importante conocer y saber cuál es el Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo de tu empresa. En este documento figura cuáles son las acciones a tomar cuando te sientes objeto de acoso y cómo debes actuar.

En primer lugar, debes comunicarlo a cualquier miembro del Comité de Salud. No temas, porque debes saber que se garantiza una confidencialidad total sobre el asunto y se tramitará cualquier denuncia de manera inmediata y con la debida consideración y seriedad que la cuestión merece.

¿Tienes dudas?

Si has sufrido alguna situación con la que no te has sentido bien, pero no sabes si considerarlo acoso, te contamos que en la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, conocida como « la ley del solo sí es sí» se da especial importancia al consentimiento expreso en las relaciones sexuales.

«Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona.»

Este vídeo te ilustra con claridad qué es el consentimiento expreso.

En Grupo Noa’s estamos comprometidos con la libertad y con la integridad de nuestros empleados/as. No lo olvides: estamos para ayudarte y combatir cualquier situación de discriminación o acoso sexual o por razón de género. Ante cualquier abuso, NO te calles.

Y, si estás leyendo este artículo y quieres que asesoremos a tu empresa para implantar tu Plan de Igualdad o el Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, llámanos.