Las 5 verdades que nadie te cuenta sobre las ETT

La Reforma Laboral de 2021 (Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre) introdujo novedades en el mercado laboral que, en muchos foros se han tergiversado difundiendo desinformaciones sobre la función de las Empresas de Trabajo Temporal o ETTs. En Grupo Noa’s, desde nuestra división de trabajo temporal Noawork ETT, llevamos muchos años dando servicio a las empresas, poniendo trabajadores/as a su disposición cuando tienen necesidades laborales. Además, somos uno de los canales más eficaces para la inserción en el mercado laboral para muchas personas con dificultad para encontrar empleo. Por eso, en este artículo queremos contaros, de manera clara y sencilla, las 5 verdades que nadie te cuenta sobre las ETT.

Primera: Contratar por la ETT NO está penalizado

Es falsa la creencia de que las empresas que contratan por ETT son penalizadas por el Servicio de Empleo. El servicio de puesta a disposición de empleados/as para un puesto de trabajo sigue siendo una alternativa eficaz. Normalmente, se elige este tipo de servicio para realizar contratos “por circunstancias de producción”, es decir, por una necesidad inmediata de la empresa.
Estos contratos pueden ser de 6 meses en necesidades ocasionales e imprevisibles y se pueden ampliar a 12 meses por convenio.

Segunda: SÍ se pueden cubrir sustituciones de vacaciones por ETT

Muchos creen que estas sustituciones no se pueden hacer contratando una ETT, pero es falso.
Probablemente, la mejor fórmula para hacer una sustitución con rapidez y de manera puntual, sea contratando una ETT Además, estos contratos de sustitución se pueden realizar con una ETT cuando se sustituye a un trabajador/a que ha pedido una reserva del puesto de trabajo o en el caso de bajas por maternidad que ya son previsibles. De hecho, en el caso de sustituciones por maternidad, el nuevo empleado/a puede incorporarse en el puesto incluso 15 días antes de que el sustituido/a abandone el puesto de trabajo
De hecho, son muchas las ventajas de contratar por ETT, por ejemplo en las vacaciones del verano.

Tercera: SÍ se puede contratar a una persona en formación

Los nuevos contratos de formación se denominan “Contrato de formación en alternancia” y se pusieron en marcha el 30 de marzo de 2022. Este tipo de contratos tienen por objeto compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o el catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo. En definitiva, son como los antiguos contratos de aprendiz.
En este caso, la ETT es la responsable de asignarle un tutor de empresa para guiar la parte laboral del contrato y, la empresa contratante deberá asignar un responsable de la parte formativa del trabajador/a.
El contrato formativo para la obtención de la práctica profesional puede alargarse entre 6 meses y 1 año.

Cuarta: SÍ se pueden hacer contratos por días

Debidamente justificado según determina la ley, las empresas pueden contratar hasta un máximo de 90 días no consecutivos al año siempre que sea para necesidades ocasionales y previsibles. Esta circunstancia se establece sin límite de trabajadores/as por empresa. Este es el caso de muchas empresas agrícolas cuyas necesidades laborales son muy fluctuantes y se necesitan de manera puntual.

Quinta: Las ETT SÍ pueden contratar empleados/as fijos discontinuos.

Así ha sido avalado por los tribunales, las ETTs pueden suscribir contratos fijos discontinuos con sus empleados/as siempre que sea para cubrir necesidades temporales de distintas empresas usuarias. Estos contratos siempre deberán cumplir lo estipulado en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.
La principal cuestión radica en que un mismo empleado/a no puede ser recurrente en la misma empresa y en los mismos períodos. En ese caso, no sería posible contratar a través de ETT. Pero si se comparte con diferentes empresas, el contrato fijo discontinuo sí es posible aplicarlo a través de una empresa de trabajo temporal.

Como ves, las empresas de trabajo temporal siguen dando un servicio imprescindible a las empresas porque les ayudan a encontrar a los empleados/as adecuados/as para sus necesidades y con la fórmula laboral óptima para cada empresa.

Además, las empresas de trabajo temporal siguen siendo una de las mejores opciones para facilitar a estudiantes, aprendices y personas que necesitan empleos temporales y concretos para poder integrarse en el mercado laboral.

Si tienes alguna duda o si quieres contratar con NoaworkETT, no dudes en contactar con nosotros.

¡Que no te engañen con los contratos de trabajo temporal! Déjate asesorar por los profesionales.