Preguntas Frecuentes planes de igualdad

¿Qué empresas están obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad?

  • Empresas con una plantilla mínima de 50 personas.
  • Las que lo establezca el convenio colectivo de aplicación.
  • Las empresas que hayan pasado por un procedimiento sancionados y la autoridad laboral hubiera acordado con ellas la elaboración y aplicación del plan como sustitución de las sanciones

¿Cómo contabilizo el número de personas trabajadoras?

Cuentan todos los contratos independientemente de la tipología. No se tendrá en cuenta al personal en prácticas. El personal cedido por ETT también está incluido.


Los contratos temporales finalizados computan 1 persona por cada 100 días de trabajo

¿Cuándo realizo el conteo de personas trabajadoras?

Se aconseja realizar dos recuentos. El primero el 30 de junio y el segundo el 31 de diciembre.

Mi empresa tiene varios centros de trabajo con diferente actividad y diferente convenio de aplicación. ¿Cuántos planes de igualdad tengo que elaborar?

Un único plan en el que se podrán contemplar medidas de actuación según las características de cada centro

Mi empresa no cumple con los requisitos para estar obligado a elaborarlo, ¿puedo hacerlo voluntariamente?

Sí, puedes realizarlo con carácter voluntario rigiéndote por el procedimiento estipulado en el RD 901/2020.

Mi empresa no tiene RLT (Representación Legal de los Trabajadores), ¿cómo constituyo la Comisión Negociadora?

Tendrás que convocar a los sindicatos más representativos del sector para que formen parte de la Comisión Negociadora.

¿Los miembros de la Comisión Negociadora deben estar formados en igualdad?

Sí, se debe formar en igualdad a cada miembro de la Comisión Negociadora.

¿Dónde registro el Plan de Igualdad?

El plan debe registrarse en el REGCON (Registro y Depósito de Convenios Colectivos)

¿Qué pasa si mi empresa no elabora y registra el Plan de Igualdad?

Podría incurrir en sanciones de 626 a 6.250€ tal y como refleja la LISOS

Mi empresa ya cuenta con un plan de igualdad aprobado con anterioridad a la normativa, ¿me sirve ese plan?

Sí, pero deberás adaptarlo a la normativa actual y registrar la adaptación.