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¿Cómo puedo trabajar en España si soy extranjero?

Numerosas personas de todo el mundo nos preguntan sobre los requisitos para trabajar en España. En la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se recoge toda la información para hacerlo en las diferentes modalidades. Pero también desde Grupo Noa’s, como Consultora de Recursos Humanos, queremos ayudarte a entender los trámites que debes hacer.

En primer lugar, los trámites dependen de tu lugar de origen:

A) Si eres ciudadano/a de la UE o del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) y Suiza. Estas personas, NO necesitan permiso de trabajo o residencia. Aunque siempre es recomendable que obtengan el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea.

B) Si eres ciudadano/a extracomunitario. En este caso, deberás contar obligatoriamente con el Permiso de Trabajo y el Permiso de Residencia para poder desarrollar cualquier actividad laboral.

En segundo lugar, los trámites dependen del tipo de trabajo que vayas a desarrollar:

A) Trabajo por cuenta propia: Si eres emprendedor/a puedes beneficiarte del régimen de residencia para emprendedores que conlleva la autorización laboral para 2 años, renovable para otros 2. Para ello deberás solicitar el Visado de residencia para emprendedor en el Consulado de España en el país de residencia.

B) Trabajo por cuenta ajena: Las autorizaciones las debe solicitar la empresa para la que vayas a ser contratado/a y se circunscribirá a un ámbito geográfico concreto (provincia) y a una ocupación determinada para la cual, deberá demostrarse la capacitación. Estas autorizaciones se solicitan en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se vaya a desarrollar la actividad. Para obtenerlas hay que cumplir una serie de requisitos de los que te detallamos los más importantes:

Ser mayor de 16 años y tener el pasaporte en regla en el momento de la solicitud.

No encontrarse irregularmente en territorio español.

Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

Presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador que garantice al trabajador una actividad.

Además, el empleador también deberá cumplir otras obligaciones como estar inscrito en la Seguridad Social y encontrarse al corriente de sus obligaciones tanto tributarias como de Seguridad Social. Además, de tener medios económicos suficientes para hacer frente al proyecto empresarial y a los gastos del trabajador/a.

Tanto para el trabajador/a como para la empresa que da el empleo, es necesario abonar las tasas obligatorias de los permisos y autorizaciones.

En tercer lugar, conisgue el TIE: una vez obtenido el permiso de residencia y trabajo, también deberás solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Brigada Provincial de Extranjería y Documentación de la región en la que te encuentres.

NIE, SEGURIDAD SOCIAL Y ASISTENCIA SANITARIA

 

Para mantener cualquier tipo de relación o actividad en España debes solicitar también tu NIE (Número de Identidad de Extranjero) que equivaldría a los DNI de los ciudadanos/as españoles. Si ya te encuentras ya en España legalmente, puedes solicitarlo en la Dirección General de la Policía. O, si lo tramitas desde tu país, puedes pedirlo a través de la oficina consular de España en tu lugar de residencia.

Además, para desarrollar cualquier tipo de contrato deberás estar dado de alta en la Seguridad Social, lo que te permitirá recibir asistencia sanitaria pública mientras permanezcas en España con toda la documentación en regla. Además, es conveniente que cuando ya cuentes con todas las autorizaciones activas, acudas al centro de salud más cercano para tramitar tu Tarjeta Sanitaria individual, para poder beneficiarte de dicha asistencia.

Debes tener en cuenta que hay países donde España tiene convenios bilaterales en materia sanitaria (Países no comunitarios con convenio bilateral : Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Canadá (excepto Quebec), Chile, Colombia, Corea, República Dominicana, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela). En estos casos deberás hacer una tramitación adicional.

MÁS INFORMACIÓN ÚTIL

 

Como ves, para trabajar en España debes comprender muy bien todos los trámites y requisitos legales necesarios. Pero además, si has tomado la decisión de trabajar en nuestro país, te recomendamos que, en cuanto toda tu situación esté en regla:

• Te garantices un domicilio fijo donde recibir la correspondencia y donde poder empadronarte en el ayuntamiento correspondiente para disfrutar de otras ventajas de tu municipio de residencia.

• Abrir una cuenta bancaria para poder domiciliar salarios y recibos.

• Informarte a fondo de las últimas novedades respecto de los trámites necesarios para cualquier autorización en el Ministerio de Exteriores, el Portal de Inmigración, y cómo solicitar la cita previa para cualquier trámite, ya que debido a la situación por la covid-19, la mayoría de trámites se han de realizar o vía telemática o habiendo concertado una cita con antelación.

Así que, si tu sueño es venir a trabajar a España, puedes contar con nuestra ayuda para encontrar un empleo a través de nuestra plataforma de ofertas de trabajo activas